El costo del dinero tiene una tendencia a la baja en los últimos 12 meses

Publicado en fecha 10-07-2025
El límite de tasas de interés de los créditos bancarios tiene una tendencia descendente, para el bien de los consumidores, si se observa la tendencia de los últimos 12 meses, según datos de la Superintendencia de Bancos.

De una tasa máxima del 29,11% que se podía cobrar en agosto del año pasado, ese límite bajó a 28,01% para este mes de julio, es decir, si el sistema bancario cobra una tasa de interés superior a ese límite, caerá en usura y es sancionable. Tal es así que los consumidores pueden denunciar la transgresión.

El límite de tasa usuraria está establecido en la Ley 2.339 que modifica el artículo 44 de la Ley 489 del Banco Central del Paraguay (BCP) y señala que: “Las tasas de interés compensatorias, sobre operaciones activas o pasivas, en moneda nacional o en moneda extranjera, serán determinadas libremente conforme a la oferta y demanda de dinero, dentro de las limitaciones establecidas en este Artículo.

El interés compensatorio se convierte, a partir de la mora en interés moratorio y se cobrará una tasa no superior a la tasa pactada originalmente. El interés moratorio será calculado sobre el saldo de la deuda vencida y en ningún caso podrán capitalizarse intereses sobre los intereses moratorios ni punitorios.

Adicionalmente, los acreedores podrán percibir un interés punitorio, cuya tasa no podrá exceder el treinta por ciento (30%) de la tasa a percibirse en concepto de interés moratorio. El interés punitorio, de percibirse solamente será calculado sobre el saldo de la deuda vencida.

Se considerarán tasas de interés usurarias a las tasas compensatorias y punitoria, cuyas tasas efectivas excedan en un treinta por ciento (30%) el promedio de las tasas efectivas anuales percibidas por los Bancos y Financieras sobre créditos de consumo, de acuerdo a los plazos y monedas en que son concedidos dichos créditos”.