Hacienda aprobó inversiones privadas por USD 170 millones

Publicado en fecha 09-11-2016
Inversiones privadas por un total de 946.011.089.883 guaraníes (USD 169.883.342, aproximadamente), fueron aprobadas por el Ministerio de Hacienda bajo los beneficios y alcances de la Ley 60/90 “De Inversiones”. Desde enero hasta la fecha, con esta normativa ya suman unos 90 proyectos autorizados.
 
Los más destacados, en lo que transcurre de noviembre, son una ampliación de la actividad existente (producción de jabones y detergentes), por un monto de inversión de G. 3.000.000.000; complementación del proyecto de inversión, Resolución N° 68 del 18/08/2015 (producción de gas y líquidos: oxígeno y nitrógeno, por G. 338.877.000; ampliación del Centro de Rehabilitación, Tratamiento y Entrenamiento de Alto Rendimiento, con una inversión de G. 360.000.000.
 
Cabe destacar que para el Ministerio de Hacienda la promoción de las inversiones privadas bajo el amparo de la Ley 60/90 es de particular interés, de manera a apoyar manifiestamente el crecimiento y desarrollo del sector industrial y productivo, estimular a las empresas que apuestan por el trabajo y fomentar la formalización de la economía nacional.
 
Los proyectos de inversión aprobados por esta Secretaría de Estado están orientados a ser ejecutados durante un período determinado, que en algunos casos incluso abarca hasta cinco años.
 
En todos los casos, la promoción de las inversiones y el otorgamiento a las mismas de incentivos fiscales apuntan a la utilización de materias primas y recursos energéticos nacionales; la creación de fuentes de trabajo; el  incremento en la producción de bienes y servicios; y la sustitución de importaciones, incorporación de tecnología moderna e incremento de la eficiencia en la producción.
 
Para poder obtener el beneficio, las empresas deben iniciar sus trámites en la sede del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), presentando los requisitos formales, los cuales incluyen un proyecto de inversión que individualice la actividad a realizar, los representantes legales, montos de la inversión, cronograma y varios otros que hacen a la actividad a realizarse con esa inversión de capital.
 
La disposición normativa establece que el MIC será el organismo de verificación del uso y destino de los bienes de capital y de la ejecución de la inversión, y el Ministerio de Hacienda, a través de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), ejercerá el control de los aspectos tributarios.