Desde su vigencia IRAGRO recaudó un 65% más que el IMAGRO

Publicado en fecha 09-11-2016
Transcurridos ya dos años y medio de la entrada en vigencia de la Ley N° 5.061/2013, se constata que el IRAGRO contribuyó con un aumento sustancial de las recaudaciones provenientes del sector agrícola, puesto que aportó un 65% más que lo recaudado por el IMAGRO en sus últimos seis ejercicios fiscales. Dicho de otro modo, el IRAGRO e IVA agropecuario aportaron 1,3 billones de guaraníes más (USD 240 millones) que lo recaudado por el IMAGRO en el lapso mencionado, que fue de USD 90 millones.

En efecto, en dos periodos fiscales completos (2015 y 2016), más el medio período que va de enero a junio/2014, con la vigencia de la Ley 5.061, el IRAGRO recaudó USD 127 millones (promedio anual: USD 50,6 millones), suma muy superior al total recaudado por el IMAGRO en los cinco años anteriores, que fue de sólo USD 90 millones (promedio anual: USD 18 millones). Respecto al IVA Agropecuario, la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) recaudó desde enero de 2014 hasta octubre de 2016, un total USD 113 millones neto de las devoluciones a los agroexportadores. 

Los viceministros de Tributación y de Economía, Marta González Ayala y Lea Giménez, respectivamente, presentaron un informe analítico de la contribución fiscal del sector agropecuario que revela que hasta el año 2013, el sector agropecuario estaba prácticamente exento de impuestos. Por tanto, la entrada en vigencia de la Ley N° 5.061/2013 ha resultado en un aumento significativo tanto en la recaudación tributaria proveniente del sector agropecuario como en la equidad tributaria.

El informe reporta que hasta el año 2013 este sector, que envuelve la compra venta de productos en estado natural como la soja, maíz, trigo, arroz, carne, leche, productos frutícolas, hortícolas e ictícolas, prácticamente estaba exento de todo impuesto, incluido el IVA.

En el caso del Impuesto a la Renta, regía hasta ese año el IMAGRO, que disponía como criterio principal para la determinación del impuesto la cantidad de hectáreas y no la rentabilidad real del contribuyente, exonerando a todas aquellas personas físicas cuya superficie cultivable era igual o menor a 20has. en la Región Oriental y 100has. en la Región Occidental. Este criterio planteaba una importante inequidad debido a que determinadas actividades agropecuarias de alta rentabilidad pueden ser efectuadas en mínimas superficies de tierra (ej. engorde de ganado, producción de leche, etc.).

Desde enero de 2014, con la vigencia de la Ley N° 5.061/2013 se generalizó la tasa del Impuesto a la Renta (IRAGRO) al 10%, el cual se aplica sobre la ganancia que genera la realización de las actividades agropecuarias, atendiendo la capacidad contributiva de los productores, en concordancia con lo establecido en el artículo 181 de Constitución de que consagra la “igualdad como la base del tributo”. Con esta nueva norma, sólo tributan aquellos productores que tienen ganancia al cierre del ejercicio fiscal, sin considerar la extensión de sus fincas. Independientemente del nivel de ingresos, aquellos que justifiquen gastos por montos equivalentes NO deben pagar este impuesto.

Esta ley estableció también un IVA del 5% sobre todos los productos de los sectores
agrícola y pecuario en estado natural, convirtiendo así al IVA en un verdadero impuesto general sobre el consumo. A su vez, este cambio propició una mayor equidad tributaria por dos motivos principales: por un lado, aporta más quien más renta obtiene y, por otro lado, todas aquellas personas físicas cuyos ingresos anuales no superan los 36 salarios mínimos (G. 65 millones) están exoneradas tanto del IRAGRO como del IVA.

Cabe destacar, finalmente, que la recaudación proveniente del sector agropecuario se ha más que triplicado, a pesar de la caída del precio de los commodities y la coyuntura económica regional desfavorable.