Sesenta proyectos privados alcanzaron USD 123,8 millones

Publicado en fecha 16-09-2016

Bajo los beneficios y alcances de la Ley 60/90 “De Inversiones”, desde enero hasta lo que va de setiembre de este año unos 70 nuevos proyectos de inversiones privadas, que totalizan 688.346.059.271 guaraníes (USD 123.856.639, aproximadamente), fueron autorizadas por el Ministerio de Hacienda. 

Los últimos proyectos de inversión aprobados entre setiembre y agosto tienen relación con una nueva actividad (prestación de servicio de centro comercial, área gastronómica y de entretenimientos, oficinas corporativas) con un monto de inversión de G. 29.400.221.595; servicio de transporte público, por G. 5.250.000.000; reciclamiento de desperdicios y desechos no metálicos, por G. 21.680.820.000; ampliación de la actividad existente (elaboración de productos de panadería), con una inversión de G. 20.867.127.977; y ampliación de la actividad existente (fabricación de jeringas hipodérmica descartable y frasco para uso enteral), por un total de G. 3.079.516.230.

La promoción de las inversiones privadas bajo el amparo de la Ley 60/90 es de particular interés del Ministerio de Hacienda, de manera a apoyar manifiestamente el crecimiento y desarrollo del sector industrial y productivo, estimular a las empresas que apuestan por el trabajo y fomentar la formalización de la economía nacional. 

Los proyectos de inversión aprobados por esta Secretaría de Estado están orientados a ser ejecutados durante un período determinado, que en algunos casos incluso abarca hasta cinco años. 

En todos los casos, la promoción de las inversiones y el otorgamiento a las mismas de incentivos fiscales apuntan a la utilización de materias primas y recursos energéticos nacionales; la creación de fuentes de trabajo; el incremento en la producción de bienes y servicios; y la sustitución de importaciones, incorporación de tecnología moderna e incremento de la eficiencia en la producción. 

Para poder obtener el beneficio, las empresas deben iniciar sus trámites en la sede del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), presentando los requisitos formales, los cuales incluyen un proyecto de inversión que individualice la actividad a realizar, los representantes legales, montos de la inversión, cronograma y varios otros que hacen a la actividad a realizarse con esa inversión de capital.

La disposición normativa establece que el MIC será el organismo de verificación del uso y destino de los bienes de capital y de la ejecución de la inversión, y el Ministerio de Hacienda, a través de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), ejercerá el control de los aspectos tributarios.