Juzgado rechaza pedido de abogados para ser incluidos entre excepciones ante pandemia de COVID-19

Publicado en fecha 21-04-2020
Mediante las oportunas acciones de la Procuraduría General, el Juzgado Penal de Garantías N° Uno de turno, a cargo de la abogada Clara Ruiz Díaz Parris resolvió NO HACER LUGAR a la Acción de Amparo Constitucional promovido por los abogados Víctor Daniel Marecos Benítez, Guillermo J. Velázquez, Daniel Martínez Yubero, Reinaldo Velázquez, Buenaventura Noguera Meza, Martín González, Rodrigo Adrián Barreto, Hugo Marcelo Torres Saavedra, Andrés Soto Sánchez, Alcides Rodrigo Gayoso Serafini, Daniel Trinidad, Rubén Montanía, Felipe Lovera y Tomás Aníbal Ocampos Núñez, contra el Poder Ejecutivo, Presidencia de la República. 

El pedido de Amparo Constitucional promovido por este grupo de abogados solicitaba ser incluidos entre las personas exentas de las restricciones para realizar sus actividades en forma normal, en el marco de la cuarentena establecida por el Gobierno Nacional, ante la pandemia COVID-19, alegando trasgresión de disposiciones y garantías constitucionales, como derecho a la defensa, el derecho al trabajo y otros.

Para el fallo de la presente resolución la Jueza argumentó entre otros puntos que los decretos presidenciales dictados, en el marco de la pandemia, han sido emitidos a partir de estudios, informes y dictámenes provenientes del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y del Ministerio del Interior según el caso, siendo el MSP, el encargado de requerir, impulsar y dar las directrices a seguir en el campo de la salud, para lo cual requiere al Poder Ejecutivo las acciones a seguir teniendo en cuenta los protocolos de la Organización Mundial de la Salud (OMS), dispuestos para precautelar el menor efecto de esta pandemia y cuya propagación está siendo controlada justamente por la existencia de medidas de restricción de cumplimiento general en la lucha contra el virus del COVID-19, el cual es de público conocimiento.