Corte extiende suspensión de actividades hasta el 12 de abril de 2020

Publicado en fecha 26-03-2020
La Corte Suprema de Justicia comunica a la comunidad jurídica y a la sociedad en general que ha resuelto EXTENDER LA SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES hasta el 12 de abril de 2020 en las Jurisdicciones Penal, Civil y Comercial y Laboral, tanto en Primera Instancia como en los Tribunales de Apelación EN TODAS LAS CIRCUNSCRIPCIONES JUDICIALES DEL PAÍS y del Tribunal de Cuentas, con excepción de los Juzgados y Tribunales de la Jurisdicción Civil y Comercial de la Capital que cuenten con el EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO O EL TRÁMITE JUDICIAL ELECTRÓNICO, reanudándose los plazos en los juicios que tramitan ante los mismos a partir del día lunes 30 de marzo de 2020, y las demás excepciones de la Acordada N° 1366/2020.

Se recuerda a MAGISTRADOS, FUNCIONARIOS JUDICIALES Y ABOGADOS QUE NO DEBERÁN ASISTIR AL PALACIO DE JUSTICIA DE ASUNCIÓN a fin de realizar trámite alguno, pues el mismo permanecerá cerrado, debiendo realizarse toda tramitación en forma electrónica, salvo las puntuales excepciones previstas en el Protocolo aprobado por la Corte Suprema de Justicia y publicado en la página web oficial: www.pj.gov.py.

Se comunica también que se ha RATIFICADO LA SUSPENSIÓN de los demás plazos procesales, administrativos y registrales extendiéndose la misma hasta el 12 de abril del año en curso.

Es importante recordar que la Acordada de la Corte Suprema de Justicia prevé las excepciones a fin de garantizar a la población los servicios básicos de justicia.