Extranjeros en situación irregular deberán abonar la multa correspondiente para abandonar el país

Publicado en fecha 23-03-2020
La Dirección General de Migraciones reitera que; los ciudadanos extranjeros no residentes en Paraguay que se encuentren en situación irregular deberán abonar la multa correspondiente para abandonar el territorio nacional, según lo estipulado en la Ley de Migraciones N° 978/96 y su decreto reglamentario N° 18.295.

La normativa establece el pago de multa en los siguientes casos:
Por vencimiento de su plazo de permanencia como no residente o residente temporario.
Por la no presentación del comprobante de ingreso al país (sello migratorio en el pasaporte o boleta de entrada expedida por Migraciones al ingresar)

El monto único de la multa en ambos casos es de Gs. 253.020 y deberá abonarse única y exclusivamente en las ventanillas de los Puestos de Control Migratorio habilitados, ante inspectores migratorios debidamente acreditados y, una vez abonada, el extranjero recibirá el comprobante de pago correspondiente.

Los extranjeros no residentes en Paraguay que no hayan incurrido en una infracción migratoria podrán salir del país de manera libre, a través de cualquiera de los 13 puestos de control migratorio que siguen habilitados para el efecto mientras dure la medida de cierre temporal de fronteras, dispuesta en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno Nacional, ante el peligro de expansión del Coronavirus COVID-19.

Recordamos que los pasos fronterizos habilitados para la salida del país son:
Puerto José Falcón (Presidente Hayes)
Puente Internacional de la Amistad (Ciudad del Este)
Puente San Roque González de Santacruz (Encarnación)
Paso Yacyretá (Ayolas)
Puerto Triunfo (Itapúa)
Salto del Guairá
B° 29 de Setiembre (Salto del Guairá)
Pedro Juan Caballero
Concepción
Carmelo Peralta
Infante Rivarola (Chaco)
Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi
Aeropuerto Internacional Guaraní