Hacienda es la única responsable de aplicación de Ley de pensión alimentaria

Publicado en fecha 12-08-2015
Técnicos del Ministerio de Hacienda aclaran que ninguna oficina, ya sea gubernamental o no gubernamental, aparte del Ministerio de Hacienda a través de la Dirección de Pensiones No Contributivas (DPNC), ni representantes de organizaciones sociales, están autorizados para realizar trámite alguno para la concesión de la pensión alimentaria para adultos mayores en situación de pobreza.

Actualmente, personas debidamente identificadas por el Ministerio de Hacienda realizan el censo casa por casa a los adultos mayores registrados previamente en las Municipalidades del distrito donde viven. Los resultados del censo, así como los listados de adultos mayores seleccionados serán notificados al adulto mayor al designado local del respectivo distrito para la socialización con las personas que fueron sujetas del censo.

Hacienda es la única institución que tiene competencia en la implementación de la Ley N° 3728/2009 “QUE ESTABLECE EL DERECHO A LA PENSIÓN ALIMENTARIA PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES EN SITUACIÓN DE POBREZA”. En este contexto, reitera que no existe gestor autorizado para ningún trámite relacionado a la pensión alimentaria ni tampoco costo alguno para los adultos mayores. 

La DPNC coordina los trabajos con los municipios y sus juntas municipales, estas designan por resolución a una persona responsable que hace de nexo entre el Ministerio de Hacienda, la Municipalidad y la comunidad, y con quien se comparte toda la información respecto a la situación de los adultos mayores interesados en la pensión alimentaria.

La pensión alimentaria es exclusivamente para los adultos mayores de 65 años y más en situación de pobreza, que no reciben otras pensiones o jubilaciones.